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22 de mayo de 2026
Maersk está revisando el Recargo por Carga Pesada (HWS) para contenedores secos de 20' y 40' (DC y TANK) con una Masa Bruta Verificada (VGM) que exceda las 25 toneladas métricas para los de 20' y las 28 toneladas métricas para los de 40', desde Europa del Norte y el Área Mediterránea hacia Centroamérica (incluido México) y la Costa Oeste de Sudamérica. Fecha efectiva de cálculo de precios: 12 de junio de 2026.
Los nuevos niveles tarifarios son los siguientes:
| Origen | Destino | Fecha Efectiva | Contenedor | Tarifa USD | Peso VGM |
|---|---|---|---|---|---|
| Europa del Norte | Centroamérica (incl. México) y Costa Oeste de Sudamérica | 12-Jun-2026 | 20DC & 20TANK | 150 USD | > 25 toneladas métricas |
| Área Mediterránea | Centroamérica (incl. México) y Costa Oeste de Sudamérica | 12-Jun-2026 | 20DC & 20TANK | 150 USD | > 25 toneladas métricas |
| Europa del Norte | Centroamérica (incl. México) y Costa Oeste de Sudamérica | 12-Jun-2026 | 40DC/HC | 150 USD | > 28 toneladas métricas |
| Área Mediterránea | Centroamérica (incl. México) y Costa Oeste de Sudamérica | 12-Jun-2026 | 40DC/HC | 150 USD | > 28 toneladas métricas |
Cuando la Masa Bruta Verificada (VGM) exceda el umbral de peso, se activará el Recargo por Carga Pesada. La Masa Bruta Verificada (VGM) es el peso de la carga, incluyendo el material de estiba y sujeción, más el peso de tara del contenedor que transporta dicha carga.
El Recargo por Carga Pesada será aplicable a todos los productos Ocean, excluyendo SPOT y Maersk Go.
Para no-FMC, PCD se refiere a la fecha de salida programada del primer tramo marítimo en el momento de la confirmación de la reserva para reservas no-spot.
Para FMC, PCD es la última fecha de entrada del contenedor para reservas no-spot.
(Cobertura actual: FMC – Comisión Marítima Federal y EEE – países regulados por el Espacio Económico Europeo)
Para operaciones sujetas a la Ley de Transporte Marítimo de EE. UU. o a las Regulaciones Marítimas de China, las cotizaciones o recargos que difieran de la tarifa de Maersk no serán vinculantes para Maersk a menos que se incluyan en un contrato de servicio o en una enmienda de contrato de servicio que haya sido presentada ante la Comisión Marítima Federal (FMC) o la Bolsa Marítima de Shanghái, según corresponda.
Fuente: Maersk

