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10 de julio de 2026
A partir del 13 de julio de 2026 - En referencia a la decisión del consejo emitida en su reunión celebrada el 4 de junio de 2025 para la Enmienda del Artículo 67 de la Ley de Aduanas de conformidad con el Decreto No. 4461 de fecha 15 de diciembre de 2000, publicado en la Gaceta Oficial No. 3 el 16 de enero de 2025, el número de referencia fiscal del consignatario será estrictamente requerido para todos los envíos a Líbano y los transportistas estarán obligados a presentar el manifiesto de importación con la referencia fiscal dentro del plazo de presentación del manifiesto.
En consecuencia, los exportadores -o sus agentes, que hayan realizado la reserva- deberán proporcionar el número de referencia fiscal en las instrucciones de envío a Maersk de la siguiente manera:
Número de Referencia Fiscal – El Número de Referencia Fiscal siempre debe comenzar con 601. Los dígitos que siguen a 601 deben tener 8 dígitos de longitud. Si hay menos de 8 dígitos, agregue ceros a la izquierda hasta que la parte restante tenga 8 dígitos. Inserte un guion (-) inmediatamente después de 601, lo que resultará en un total de 12 caracteres (incluido el guion)
Por ejemplo 1: 601-12345 entonces debe actualizarse como 601-00012345 Por ejemplo 2: 601-1234567 entonces debe actualizarse como 601-01234567 Por ejemplo 3: 601-123 entonces debe actualizarse como 601-00000123
Portal de autoservicio en Maersk.com: Las referencias se pueden agregar desde la referencia de envío del consignatario, y esto será obligatorio; de lo contrario, no se permitirá enviar las instrucciones de envío.
Plataforma Inttra: La referencia fiscal debe agregarse en la dirección de documentación del consignatario; si no se agrega, las instrucciones de envío serán rechazadas.
Plataformas EDI: La referencia fiscal debe agregarse en la dirección de documentación del consignatario; si no se agrega, las instrucciones de envío serán rechazadas.
Nota - Las instrucciones de envío serán rechazadas si falta alguna de estas referencias en las instrucciones de envío. La carga será pospuesta si las instrucciones de envío con el número de referencia fiscal especificado anteriormente no se presentan antes de la fecha límite.
Además, no se aceptarán modificaciones en la referencia fiscal una vez que se haya presentado el manifiesto y es responsabilidad del cliente presentar el número de referencia fiscal válido en la etapa de SI; cualquier discrepancia causada por una presentación incorrecta será responsabilidad del consignatario gestionar la enmienda o el proceso de liberación directamente con la aduana sin la participación del transportista.
Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con su representante local de Maersk. La información de sus oficinas locales se puede encontrar en nuestro sitio web de Maersk.

