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El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó la Resolución 593/2026, publicada el 8 de julio en el Boletín Oficial, que modifica el procedimiento para la habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal.
Entre los cambios principales, la norma elimina la presentación de formularios en soporte papel, adecuando la tramitación a los sistemas de gestión digitales del organismo. Asimismo, establece un procedimiento único con requisitos definidos para la solicitud, evaluación, otorgamiento y mantenimiento de las habilitaciones, contemplando las exigencias higiénico-sanitarias, operativas y documentales de los distintos mercados de destino.
Otro cambio relevante es que las habilitaciones dejarán de estar sujetas al plazo de vencimiento de dos años vigente hasta ahora. En adelante, mantendrán su vigencia mientras los establecimientos conserven las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento y continúen cumpliendo la normativa vigente y las exigencias de los países o bloques importadores.

