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El Poder Ejecutivo Nacional formalizó la apertura de nuevos espacios marítimos para la captura biológica dentro del caladero nacional. A través de la Nota oficial número NO-2026-57260723-APN-DNCYFP#MEC, emitida el martes 9 de junio de 2026, la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera —dependiente del Ministerio de Economía de la Nación— autorizó la habilitación de la pesca comercial de langostino (Pleoticus Muelleri) dentro de las Subáreas N° 8 y 14 ubicadas en el Área de Veda de Chubut y de Jurisdicción Nacional (AVPJM).
La medida administrativa se fundamentó en los resultados favorables obtenidos sobre los principales indicadores biológicos durante las tareas previas de prospección llevadas a cabo en la zona. Dichas variables técnicas y científicas fueron evaluadas e informadas de manera oficial por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) mediante la Nota número NO-2026-57118004-APN-DNI#INIDEP. De acuerdo con lo establecido por las autoridades de control pesquero, la apertura comercial de ambos sectores marítimos quedó formalmente programada y surtirá efecto a partir de las 00:00 horas del miércoles 10 de junio del corriente año.
El documento oficial, suscripto por el Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Arturo Idoyaga Molina, fue remitido de manera directa al Jefe del Departamento Policía Auxiliar Pesquera de la Prefectura Naval Argentina, Prefecto Principal Mauricio Marcelo López. En virtud del inicio inminente de las operaciones de captura, se solicitó a la fuerza de seguridad marítima emitir una comunicación urgente mediante frecuencia radial dirigida de forma específica a los Buques Pesqueros que se encuentren afectados por la disposición.
El trámite administrativo contó con el conocimiento y la remisión de copias digitales hacia diversos estamentos institucionales vinculados a la administración de los recursos del mar, incluyendo a las áreas de control y fiscalización del Ministerio de Economía, la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca (SSRAYP) y los cuadros técnicos de investigación del INIDEP y del Consejo Federal Pesquero (CFP).
Redacción por dataPORTUARIA
Fuente: República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional | NO-2026-57260723-APN-DNCYFP#MEC

